Posible prevaricación de la Policía Local de Vigo   Leave a comment

05/07/2011: Posible prevaricación de la Policía Local de Vigo

Hoy rescato un vídeo de archivo, subido a Youtube el 10/09/2008, a las 13:37 horas.

Sospecho que me están intentando cobrar ésta multa, pero no la han notificado correctamente.

Como se puede comprobar, el resguardo puesto en el parabrisas es absolutamente ilegible (ver imagen debajo del vídeo), yo me dirigí hacia los Agentes, y no sólo no aceptaron e hicieron constar mis alegaciones verbales, sino que ni anularon el procedimiento, ni procedieron a pedirme y dar fé de mi filiación.

Y uno de los agentes reconoció que la prohibición de aparcar, no era la que decía el otro, tan convencido él de que es el Justiciero Indomable…

Bien, daba el tema por zanjado, y ahora, dando vueltecitas por Internet, no logro encontrar la sanción por ninguna parte, pero sí otra de 300 euros por no identificar al conductor.

Vaya. Comparece ante la Policía Local el titular del coche, pidiendo información, y resulta que le dicen que rellene un papel… y le contestan como si hubiera presentado un recurso, diciendo que se le envió notificación por correo, y que tururú… O sea, que ni un sólo dato sobre la infracción en sí. A pagar, y sin saber porqué.

Pero seguimos sin estar seguros de si la multa corresponde a los hechos, fecha y hora de lo que grabé en el vídeo…

Aunque da igual Se comprueba como éste Agente no conoce el horario del aparcamiento, no toma nota de mis alegaciones, ni las tiene en cuenta, ni me identifica. Ello es:

-Falsedad en documento.
-Aplicación injusta de la Ley.
-Reiterada vulneración de la Ley de Procedimiento Administrativo.
-Al haber dinero de por medio, cohecho.
-Causa de indefensión del administrado.
-Desconocimiento inexcusable de la ley.
-Dejación de funciones en identificación del conductor.
- No hacer constar las alegaciones del conductor, expuestas verbalmente.
-No investigar suficientemente la identidad del conductor habitual, estando ésta información disponible a través del Fichero Informatizado de Vehículos Asegurados (F.I.V.A.), y estando la Policía Local habilitada y obligada a hacerlo.
- Emplear material para la notificación fehaciente, sin la suficiente calidad como para hacerla legible y perdurable en el tiempo.

Nos pondremos a ello, por la vía Judicial, aunque ya saben Ustedes que no confío mucho en ella.


Multa ilegible

Multa

Actualización: He enviado éste e-mail al Ayuntamiento de Vigo (010@vigo.org), ya que no logré encontrar la dirección de la Policía Local, poniendo en el asunto “Remitir copias a Departamento de Prensa y Policía Local.”

Al creerme objeto de una injusticia, he optado por hacerla pública en
Internet, mientras recopilo información para emprender las oportunas
medidas legales.

Si desean tratar el tema personalmente, pueden contactar respondiendo a
éste e-mail.

Dirección de internet a la que se hace referencia:

http://roberjusticia.wordpress.com/2011/08/05/posible-prevaricacion-de-la-policia-local-de-vigo/

Roberto Rodríguez-Solano Ribeiro.
Conductor habitual del Turismo matrícula O-7787-BP, como consta en el
F.I.V.A., y que, a buen seguro, tienen Ustedes acceso.
D.N.I. 36053894Z.
Camiño da Cacharela nº 2
36320 Chapela-Redondela.
Pontevedra-España.

De momento, no hay respuesta ni acuse de recibo. Qué raro.

Actualización 11/08/2011:
Ya he recibido el acuse de recibo, y la respuesta esperada…

Buenas tardes D. Roberto.

Le comunico que desde este servicio hemos reenviado su correo electrónico como pide a los departamentos de Prensa y Policía Local.
Según nos informa la oficina de Relaciones Ciudadanas de la Policía Local las quejas relacionadas con el tratamiento de agentes tienen que ser presentadas por escrito a través de Registro General.

Muchas gracias por utilizar nuestro servicio.
Reciba un cordial saludo,

Rocío Carrera Duro
Servizo de Información 010
Concello de Vigo

Bien, a escribir… Primero, debo obtener algunos documentos que no están en mi poder, y ya les iré manteniendo informado.

Actualización 12/08/2011:
Acabo de enviar ésta respuesta. Si quién la reciba, no actúa de Oficio, o bajo mi petición, también estará prevaricando.

Independientemente del procedimiento que el Ayuntamiento establezca para recibir y resolver incidencias, todo funcionario público está obligado a denunciar las presuntas ilegalidades que lleguen a su conocimiento.

De acuerdo.

Paso a recopilar información, y si, de oficio o bajo ésta expresa
solicitud, en un plazo de 15 días no se adecua el procedimiento a lo que
dictan las leyes, procederé de la forma indicada, además de denunciar a
los Agentes y, subsidiariamente, a la Policía Local y al Ayuntamiento de
Vigo, por aplicación injusta de la Ley, dejación en el servicio, y
desconocimiento inexcusable de la Ley,además de por otros detalles,
haciendo pública cualquier novedad sobre el asunto en Internet, ya que
puede afectar a una pluralidad indeterminada de ciudadanos.

Atentamente,
Roberto Rodríguez-Solano Ribeiro,
D.N.I. 36053894Z

Actualización 17/08/2011.

Bien, ahora me contesta la Policía local. Que no saben de qué hablo… Pues yo tampoco.

POLICÍA LOCAL
SECCIÓN R. CIUDADANAS

Desde el servicio de atención 010 de este Ayuntamiento ha sido remitido un correo enviado por Vd. relativo a lo que parece una queja por actuación Policial.
En principio y de la redacción de su correo, no es posible conocer a que actuación o actuaciones policiales se está refiriendo, por lo que es necesario que contacte con esta sección de Policía Local.
Para ello puede personarse en nuestras dependencias ubicadas en el sótano primero del Concello cualquier día de lunes a viernes (excepto festivos) de 9,00 a 13,30 horas o telefonear los mismos días y horas al número 986810307.

EL OFICIAL DE R. CIUDADANAS

Juan A. Marón Lorenzo

Y claro, mi respuesta…

Estimados Señores.

Precisamente, ése es el problema, que no hay constancia de que se haya cometido una infracción, o que ésta haya sido tramitada conforme a derecho.

Mediante una búsqueda en Internet (D.O.G.A.), al parecer, en la fecha indicada, se reclaman 300 euros por no identificar al conductor del vehículo matrícula O-7787-BP, cuando en el vídeo enlazado, se comprueba como mi persona se dirigió a los Agentes, que desconocían el horario aplicable al caso, y no procedieron a la toma de datos de éste ciudadano (Dejación en el servicio), y que, de viva voz, aseguraban que el horario de carga y descarga era hasta las 13:30 horas, y no las 13:00, como consta en la señalización (desconocimiento inexcusable de la ley).

Asimismo, también se comprueba oralmente que aseguraban que no me habían multado, sino denunciado, lo que podría interpretarse que, ante una investigación y tasación posterior de los hechos, podría no haber sanción.

Hechos por los cuales, guardé la denuncia y no realicé ninguna tramitación, en el convencimiento de que sería anulada de oficio.

Hace pocas fechas, la Titular del vehículo se presentó para indagar sobre los hechos, y poder identificarme al conductor, pero se le contestó que ya estaba notificada, lo que no consta reglamentariamente, y no se le dió parte de la documentación acreditativa de ello, así como tampoco de la causa original del procedimiento.

Por lo tanto, dicha Titular ha abonado los 300 euros, pero éste interesado, considera que el procedimiento está viciado y enervado desde su origen, por lo que, si no se realiza su anulación total y completa, y la devolución de oficio a la titular de la cantidad indebidamente cobrada, procederá por las vías que el Estado de Derecho le permita.

Asimismo, resaltar que en el F.I.V.A, accesible a la Policía Local de Vigo, consta que el seguro del mencionado vehículo, está a mi nombre, y que éste interesado es el conductor habitual. Teniendo en cuenta que la normativa actual obliga a los agentes a comprobar mediante el F.I.V.A si el vehículo está asegurado y a nombre de quién, queda claro que no se han realizado las oportunas investigaciones para conocer la identidad del conductor, lo que unido a que tampoco se hizo pudiendo y debiendo hacerlo en el momento de los hechos, y que es inadmisible la coletilla de “conductor ausente”, pudiéndose comprobar en el mencionado vídeo que éste acudió raudamente, abrió el maletero, la mochila, y encendió la cámara en pocos instantes, resulta indudable que estaba en las cercanías del vehículo, y presto a retirarlo si fuere menester.

Por otro lado, el boletín de denuncia no ha resistido el paso del tiempo, y es totalmente ilegible. Y, para que una notificación sea fehaciente, lo mínimo que se le puede pedir, es que sea persistente en el tiempo, por lo que los materiales empleados para ello, no son los adecuados.

Todo ello debe dar como resultado una anulación del procedimiento y sus consecuencias.

Respecto a presentarme físicamente en las dependencias de la Policía Local, es un acto que deseo evitar, puesto que quiero que todo conste por escrito.

En todo caso, acudiría en el caso de que se me proveyera de medio de transporte y contraprestación económica por el tiempo empleado, y con permiso expreso para grabar en vídeo y audio todo lo que allí suceda.

Atentamente,
D. Roberto Rodriguez-Solano Ribeiro
Camiño da Cacharela 2, 36320 Redondela.
D.N.I. 36053894 Z


Actualización 19/08/2011:
Ayer por la mañana, me llegó la confirmación de la recepción del mensaje anterior.
Pero no la respuesta. Así que, me temo, que la Policía Local de Vigo va a tener que prescindir de dos de sus agentes (al menos), por una denuncia para cada uno por prevaricación, en la figura de desconocimiento inexcusable de la ley.

Para empezar, ya que puedo añadir lo demás cuando quiera. Porque si toman una decisión que le suponga, a priori, una casi segura pérdida económica para el Ayuntamiento de Vigo, estarán cometiendo malversación de fondos públicos (cohecho), al provocar perjuicios a las cuentas municipales, con el fin de beneficiar a algunos funcionarios.

A ver si se dan cuenta que por 300 euros, quizás no les valga la pena pleitear. A mí, sí, porque sentará un peligroso precedente para ésta injusticia de no identificar al conductor por parte del titular, pero obviando los medios y la obligación de hacerlo que tiene la Administración.

Si han logrado que Hacienda identifique la cuenta bancaria del Titular del vehículo… ¿ cómo es que no le pidieron su dirección, que consta en dicho organismo, para hacer una notificación efectiva y fehaciente ?

Actualización 22/08/2011.
Hoy me ha llegado éste correo:

Estimado Sr. Roberto.

Hemos recibido su correo en respuesta al que nosotros le enviamos, aclarándose un poco la situación. No obstante sería preciso conocer datos concretos del expediente para poder saber la situación actual en la que se encuentra.
Rogamos contacte con nosotros telefónicamente a través de los números 986810307 cualquier día de lunes a viernes (excepto festivos) entre las 9,00 y las 13,30 horas.

EL OFICIAL DE R. CIUDADANAS
Juan A. Marón Lorenzo

Pues es precisamente, lo que no tengo… información, porque pasaron la petición de embargo a Hacienda, sin informarme de nada. Así que mi respuesta es:

Estimados señores de la Policía Local de Vigo.

Precisamente, el problema que tengo, es que no me han suministrado Ustedes, ni a mí, ni a la titular del vehículo, información sobre los hechos.

Afortunadamente, dispongo de la grabación de vídeo, cuyo enlace público en Youtube ya les he suministrado, que parece coincidir con una actuación negligente de sus agentes en la fecha.

Son Ustedes los que tienen la información sobre el expediente, cuya copia para el interesado es, hoy en día, absolutamente ilegible, como consta en el escaneado disponible en el enlace ya aportado del blog roberjusticia.wordpress.com.

En todo caso, tiene ustedes la facultad para consultar el registro de infractores, y localizar el expediente del asunto, cosa que yo no puedo hacer.

En lo que se refiere a contactar por teléfono, debo negarme totalmente, ya que deseo que quede constancia escrita/en vídeo y pública de cualquier intercambio de información sobre éste asunto, dado que éstos posibles delitos de prevaricación, pueden afectar a una pluralidad indeterminada de administrados.

Les ruego que investiguen, con los medios a su disposición, de los cuales yo carezco, lo que me provoca indefensión, el asunto, y tengan a bien realizar una anulación del mismo, y la devolución de las cantidades económicas indebidamente ingresadas ipso facto a la titular del vehículo.

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